Caballos Criollos
Reglamento
NUEVO REGLAMENTO PARA LA ADMISIÓN DE
MANSEDUMBRE DE LA
CATEGORÍA CABALLOS
volveracriollos
1.- Del Objeto:
El presente Reglamento tiene por objeto probar las condiciones
necesarias de mansedumbre de un caballo de trabajo que lo
habiliten para el ingreso a la Exposición, o evento de la
naturaleza que fuera donde el requisito de la mansedumbre
resultare obligatorio, en el que se hallare inscripto con arreglo
a las disposiciones vigentes.
2.- De la Oportunidad:
Los caballos inscriptos en la Exposición o evento de los que se
tratare pasarán por el JURADO de Admisión de Mansedumbre luego
de haber sido aprobados en las instancias previas: Admisión
Morfológica (Medidas y Zootécnica) y Admisión Veterinaria.
3.- De la constitución y mecanismo del
Jurado:
El JURADO para la admisión de mansedumbre de la categoría
caballos estará integrado por DOS (2) Jueces asistidos cada uno
de ellos por UN (1) Secretario. Los Jueces actuarán en forma
independiente. Esta actuación independiente debe resultar
notoria para los participantes y el público, por lo que deberán
colocarse distanciados en el espacio disponible. Los Secretarios
llevarán, cada uno de ellos, una Planilla de Veredicto en la que
figurarán los puntajes parciales y la correspondiente sumatoria,
denominada SUBTOTAL, otorgados por el respectivo Juez a cada uno
de los participantes con arreglo a lo previsto en el presente
Reglamento. Las referidas Planillas de Veredictos contendrán una
columna para el puntaje final de cada participante, denominado
TOTAL, el que surgirá del promedio aritmético de ambos
SUBTOTALES. Cada Juez y su Secretario firmarán su respectiva
Planilla de Veredicto y refrendarán en la del otro Juez el
puntaje TOTAL.
4.- De la Presentación:
La presentación del caballo, jinete y aperos deberán ajustarse
a las características usuales del hombre de campo de nuestro
país, contemplando las distintas variantes regionales. Los
expositores extranjeros podrán presentar sus productos a la
usanza del país de origen. En todos los casos deberán guardarse
las condiciones de prolijidad propias de una presentación
pública.
5.- De los arreos obligatorios:
Es obligatorio la presentación de los participantes con freno y
dos riendas.
6.- De los arreos prohibidos:
Están prohibidos: maneas, bocados de cualquier tipo y material
conocido o por conocerse, filetes, bridas, bridones, sus
derivados y/o similares, cierrabocas, bozal, bozalillo,
riendillas, bajadores y en general todos los conocidos como
accesorios correctores.
7.- Del contenido de la prueba:
La prueba a la que el JURADO someterá a los participantes consta
de las SEIS (6) suertes que se prescriben a continuación, las
que deben ser ejecutadas en el orden en que se indica.
7.1.1.- Agarrar caballo con el freno en el corral.
7.1.2.- Saltar el montado en pelo.
7.1.3.- Abrir y cerrar de arriba la tranquera.
7.2.1.- Ensillar
7.2.2.- Levantar manos y patas
7.2.3.- Montar
7.3.1.- Andares
7.4.1.- Sujetar
7.5.1.- Ocho
7.6.1.- Retroceso
8.- Del desarrollo y puntaje de las
suertes:
La primera suerte AGARRAR (7.1.1. - 7.1.2. - 7.1.3.) se
desarrollará en un corral al efecto. El Comisariato arbitrará
los medios para que el número de caballos encerrados no exceda
de DIEZ (10) ni sea inferior a CINCO (5); estas cantidades son
indicativas y no taxativas, ya que la cantidad a encerrar
dependerá del número de concurrentes y de las características
de las instalaciones. Debe tratarse de no dificultar o facilitar
artificialmente el agarre, ya sea por un número excesivo o
escaso de caballos encerrados. El JURADO ordenará agarrar a los
participantes, quienes deberán entrar de a uno al corral en el
orden preestablecido, agarrar su montado, saltarlo en pelo y
finalmente salir del corral montados abriendo y cerrando la
tranquera de a caballo. El desarrollo de los tres movimientos de
la suerte no podrá exceder el tiempo máximo de TRES (3) minutos.
Puntaje para los tres movimientos de la suerte como un todo: CERO
(0) a DIEZ (10) puntos.
La segunda suerte ENSILLAR (7.2.1 - 7.2.2. - 7.2.3.) se
desarrollará, a elección de los participantes, sobre el
alambrado o empalizada del corral o en sus aledaños inmediatos.
Los participantes procederán a ensillar sus montados, luego
levantar manos y patas y finalmente montar . No podrán hacerse
asistir por terceros ni manear su montado. El desarrollo de los
tres movimientos de la suerte no podrá exceder el tiempo máximo
de TRES (3) minutos. Por razones de mejor organización, el
Comisariato, de común acuerdo con el JURADO, podrá disponer que
esta suerte se realice en forma conjunta con el total de los
caballos que fueron agarrados en el encierre previo. Puntaje para
los tres movimientos de la suerte como un todo: CERO (0) a CUATRO
(4) puntos.
Las restantes suertes se realizarán en la pista prevista al
efecto, una vez que todos los participantes hayan completado las
dos primeras, de acuerdo al uso clásico. Los puntajes a otorgar
serán: ANDARES (7.3.1.) - SUJETAR (7.4.1.) - OCHO (7.5.1.)
CERO (0) a DIEZ (10) puntos para cada una de ellas y RETROCESO (7.6.1.)
CERO (0) a SEIS (6) puntos.
9.- Del puntaje máximo TOTAL
La suma TOTAL de los puntaje máximos de cada una de las suertes
es de CINCUENTA (50) puntos.
10.- De la misión y funciones de los
Jueces:
Sin perjuicio de las previstas en el Punto 3.-, será misión
principal de los Jueces que integran el JURADO velar por la
aplicación del presente Reglamento, teniendo en cuenta que, como
se establece en el Punto 1.-, no se trata de una prueba de rienda
o adiestramiento sino que deberán evaluar la mansedumbre y
razonable corrección de un caballo de trabajo con el fin de su
admisión o no a la Exposición, evento o competencia donde la
aplicación de este Reglamento resultare obligatoria de acuerdo a
las disposiciones vigentes.
En cuanto al desarrollo general de la prueba, a título
indicativo pero de aplicación obligatoria, se enumeran a
continuación los aspectos que los Jueces deberán tener en
cuenta a los fines indicados precedentemente.
10.1.0.- Faltas graves del caballo.
10.1.1.- Abrir la boca en forma excesiva.
10.1.2.- Resistir el freno
10.1.3.- Nerviosismo, indocilidad manifiesta, abulia, lentitud.
10.1.4.- Mosquear.
10.1.5.- Sacudir en forma excesiva la cabeza.
10.1.6.- Tropezar en forma reiterada.
10.2.0.- Faltas del jinete.
10.2.1.- Hacer señas en forma manifiesta o disimulada.
10.2.2.- Perder contacto con los estribos.
10.2.3.- Violencia excesiva en el manejo.
10.2.4.- No cumplir la prueba en su totalidad.
Respecto a la evaluación de cada una de las suertes, se
describen a continuación, también a título indicativo pero de
aplicación obligatoria, los requisitos mínimos de cada una de
ellas.
10.3.1.- AGARRAR (7.1.1. - 7.1.2. - 7.1.3.), que de el frente o
bien no oponga resistencia al agarre y al enfrenado, manso de
orejas sin desconfianza, que al saltarlo no se mueva o bien que
el movimiento facilite el salto, quieto al abrir y cerrar la
tranquera.
10.4.1.- ENSILLAR (7.2.1. - 7.2.2. - 7.2.3.), deberá estar
quieto lo más posible mientras se lo ensilla sin resistencias
notorias, el JURADO podrá ordenar al jinete apretar más la
cincha de lo que lo haya hecho, al levantar manos y patas
también debe estar razonablemente quieto y sin resistencias
notorias, quieto al montarlo o con un movimiento que facilite la
monta, sin hinchar el lomo y moviéndose a la orden del jinete.
10.5.1.- ANDARES (7.3.1.), Tranco, trote y galope deberán ser
realizados sin esfuerzos ni rebeldías, el galope debe realizarse
en ambos sentidos con la mano y pata correctos.
10.6.1.- SUJETAR (7.4.1.), deberá sujetar a la orden del jinete
luego de una atropellada franca con adecuada velocidad y un
recorrido de al menos CUARENTA (40) metros en ambos sentidos, es
decir deberá ejecutar DOS (2) sujetadas, volcando siempre hacia
los Jueces. No es obligatorio la entrada de patas. Sin embargo el
participante que lo intente podrá obtener un mayor puntaje, para
lo que los Jueces tendrán en cuenta que es mejor una buena
sujetada normal que una mala entrada de patas.
10.7.1.- OCHO (7.5.1.), como mínimo UNO (1) al galope franco
cambiando de mano y pata en el centro de la figura.
10.8.1.- RETROCESO (7.6.1.), recular como mínimo CUATRO (4) o
CINCO (5) metros, sin abalanzos y sin pelear significativamente
con el freno.
11.- De la descalificación inmediata:
El JURADO dispondrá la descalificación inmediata, es decir que
el participante no podrá continuar con la prueba resultando
RECHAZADO de la Exposición o evento de que se tratare, a
aquellos que incurrieran en las siguientes causales:
11.1.1.- Exceder el tiempo máximo previsto para AGARRAR.
11.1.2.- Exceder el tiempo máximo previsto para ENSILLAR.
11.2.1.- Bolearse al montarlo en pelo.
11.2.2.- Bolearse al montarlo ensillado.
11.2.3.- Bolearse al cincharlo.
11.3.1.- Revolcarse al cincharlo.
11.4.1.- Patear al estribo al montarlo ensillado.
11.5.1.- Bellaquear en cualquier momento de la prueba.
11.6.1.- Empacarse en cualquier momento de la prueba.
11.7.1.- No obedecer notoriamente al freno, secarse, hacer
carretilla y/o dispararse.
11.7.2.- Boca sangrante en forma profusa.
11.8.1.- Hijares o flancos sangrantes por uso excesivo de las
ayudas.
11.8.2.- Desobediencia del jinete a las ordenes de los
integrantes del JURADO.
11.8.4.- Falta de respeto del jinete a los integrantes del JURADO.
La enumeración precedente es taxativa.
12.- Del control de las substancias
modificadoras de la conducta (depresores y estimulantes)
El Comisariato podrá disponer por sorteo entre los caballos
participantes de la prueba que regula el presente Reglamento los
análisis pertinentes para la detección de substancias
modificadoras de la conducta (depresores o estimulantes).
Asimismo el JURADO podrá incluir en los mencionados análisis a
aquellos caballos participantes que considere oportuno, a tal fin
podrá solicitar la asistencia del o los profesionales
Veterinarios que se hubieren desempeñado en el Jurado de
Admisión Veterinaria de la Exposición o evento de que se
tratare. El resultado POSITIVO en alguno de los caballos
sorteados o indicados para los referidos análisis traerá
aparejado a su expositor la aplicación de severísimas sanciones.
13.- Del puntaje mínimo TOTAL para la
aprobación:
Los participantes deberán reunir como mínimo VEINTICINCO (25)
puntos en su puntaje TOTAL para resultar APROBADOS .
Email tango@silviadopacio.com